ASILO
EN LA FRONTERA POR MIEDO O PERSECUSION
Por
Christopher Kerosky, Esq.
Miles de personas (en su mayoría de origen Mexicano,
Salvadoreño, Guatemalteco y Hondureño) llegan a este país a diario pidiendo asilo en los Estados
Unidos.
Cualquier persona que sea víctima de persecución o que
tema por su vida puede solicitar asilo en los Estados Unidos. Este miedo tiene
que ser “creíble” para el Agente de Migración y Aduanas (ICE).
Al ser detenido en la frontera sin un documento o visa
válidos para entrar a los Estados Unidos, generalmente no tendría derecho a
quedarse en el país, la única excepción es expresar claramente que se tiene
temor de regresar a su país, o que se ha sido víctima de persecución por razón
de su raza, nacionalidad, religión, opinión política o por pertenecer a un
determinado grupo social.
Una vez que usted haya expresado ese miedo, basado en
las causas antes mencionadas, el oficial de Migración y Aduanas, tendría que
hacerle ciertas preguntas para verificar si ese temor de volver a su país es
válido, de convencer al agente de Migración y Aduanas, usted seria remitido a
la Oficina de Asilo de los Estados Unidos para una entrevista formal y así
determinar si ese miedo es creíble.
En esa entrevista es necesario decir la verdad, ya que
eso determinará si hay una posibilidad significativa de ser elegible para
asilo. Solicitar asilo es un proceso complicado, un requisito principal es
demostrar que ha sido perseguido o se teme ser perseguido. Esta persecución
debe ser realizada por el Gobierno de su país de origen o demostrar que su
Gobierno no puede protegerlo de dicha persecución.
En la mayoría de los casos, las personas que solicitan
asilo han sido amenazadas de muerte por carteles de la droga en países como
México o por las pandillas en países de Centro América.
Es necesario relatar su historia con mucho
detalle, a manera de establecer si teme
por su vida, quienes serían los responsables de atentar contra su vida, de qué
manera fue amenazado, si usted denunció estas amenazas a la policía o si la
misma policía está involucrada en estas amenazas contra usted. También se puede
establecer el miedo creíble si alguna vez fue abusado física o psicológicamente
por un pariente o persona conocida.
Cada caso tiene que ser particular y diferente a todos
los demás, no se puede establecer el miedo de persecución en base a la realidad
o situación general de un país, deben ser hechos o situaciones que afectaron al
solicitante de manera directa. Sera necesario mencionar fechas, nombres,
lugares relacionados con los hechos que hicieron a esa persona huir de su país.
Será el agente de la Oficina de Asilo el determinar si
su solicitud de asilo es positiva o negativa en base al “miedo creíble”, de ser
positiva la persona tendrá la oportunidad de defender su caso ante un Juez de
migración. En caso de ser negativa, la persona todavía tiene la posibilidad de
pedir que su caso sea visto por un Juez de migración el cual le dará otra
oportunidad para establecer el temor de volver a su país. Si el Juez determina
que el aplicante de asilo no teme regresar a su país, la persona será
deportada.
Es necesario contar con la asesoría legal adecuada
para poder defender su caso ante la Corte de Migración y con un abogado
especialista para todo el proceso ante la Corte.
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CHRISTOPHER
A. KEROSKY del bufete de abogados KEROSKY, PURVES & BOGUE, ha practicado la
abogacía por mas de 25 años y ha sido reconocido como uno de los mejores
abogados en migración en el norte de California por 9 años por la revista
“Super Lawyers”. Graduado de la facultad de derecho de la Universidad de
Berkeley, también trabajó con el Departamento de Justica en Washington D.C.
ADVERTENSIA: El artículo anterior que trata temas
legales, no pretende ser sustituto de asesoramiento legal, le recomendamos que
obtenga asesoramiento legal competente para su caso específico.