Wednesday, April 1, 2020

ASYLUM OFFICE TO REMAIN CLOSED THROUGH MAY 4, 2020.



ASYLUM OFFICE TO REMAIN CLOSED THROUGH MAY 4, 2020.

The San Francisco Asylum Office will remain closed until May 4th, unless there is a need to extend it longer. All asylum interviews scheduled during that period will be cancelled and applicants and their representatives should be receiving cancellation notices in a week or so.

During this ongoing public closure, the San Francisco Asylum Office will have staff responding to phone and email inquiries. Representatives with case-specific questions or concerns should feel free to inquire directly with the asylum office.

The new San Francisco Asylum Office phone lines are: (415) 865-3586 and (415) 865-3587. For phone inquiries, leave a voicemail with your name, client's A#, and callback phone number.


Tuesday, March 31, 2020

Tribunales de Inmigración cerrados.



Tribunales de Inmigración cerrados.  Los tribunales de inmigración en San Francisco y Sacramento han confirmado que todas las audiencias en las que el inmigrante no está detenido, tanto la audiencia inicial como la final, se cancelan hasta el 1 de mayo de 2020.

El personal de los tribunales trabajará para restablecer las audiencias y enviar nuevos avisos durante las próximas dos semanas. Los tribunales de inmigración ubicados en 100 Montgomery Street y 630 Sansome Street permanecen abiertos para presentaciones de documentos y consultas. Las personas pueden llamar al 800-898-7180 o usar el portal de casos en línea para verificar la información del caso y las próximas fechas de audiencias para obtener información útil sobre la cual las partes regularmente llaman a la Corte de San Francisco.

Los Tribunales de Inmigración emitieron este nuevo memorando sobre el brote de COVID-19: https://www.justice.gov/eoir/eoir-operational-status-during-coronavirus-pandemic

Sunday, March 29, 2020

SERVICIOS PARA NEGOCIOS


SERVICIOS PARA NEGOCIOS
La Licenciada Liliana Gallelli, Abogada Bilingue, en Santa Rosa, Napa, Ukiah y San Rafael
Licenciada en California con 16 años de experiencia
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Tambien ofresco ayuda con solicitudes de prestamos para empresas que han sufrido durante el Corona Virus
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Formación de corporaciones S o C
Establecimiento de asociaciones o empresas individuales
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Poderes legales para fines financieros u otros
Preparación de contratos de construcción y otros negocios.
Preparación de gravámenes mecánicos
Solicitud de licencia de contratista
Solicitud de licencia de licor (ABC)
Solicitud de otros permisos y licencias
Acuerdos para la compra o venta de negocios
Acuerdos de empleo u otros documentos legales de empleo
Manuales de personal u otra asistencia de empleador / empleado

Wednesday, March 25, 2020

COVID-19. OFICINAS DE INMIGRACIÓN CIERRAN TEMPORALMENTE.




COVID-19. OFICINAS DE INMIGRACIÓN CIERRAN TEMPORALMENTE.

La semana pasada, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) cerró oficinas temporalmente en todo el país en respuesta al brote del nuevo coronavirus. USCIS declaró en un memorando publicado en su sitio web que los cierres se aplicarían a sus oficinas de campo, oficinas de asilo y centros de apoyo para solicitudes.

Los cierres permanecerán vigentes hasta al menos el 1 de Abril.

Las oficinas locales del USCIS enviarán avisos de aplazamientos a los solicitantes y peticionarios con citas programadas y ceremonias de naturalización afectadas por este cierre.

Mientras tanto, USCIS proporcionará servicios de emergencia limitados. Llame al Centro de contacto de USCIS para obtener ayuda con los servicios de emergencia, de acuerdo con el memorándum publicado en su sitio.

El memorándum dice lo siguiente:

USCIS Cierra Temporalmente Sus Oficinas al Público del 18 de Marzo al 1 de Abril

A partir del 18 de Marzo, los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. Suspenderán los servicios en persona en sus oficinas locales, oficinas de asilo y Centros de Apoyo a las Solicitudes (ASC) para ayudar a frenar la propagación de la enfermedad por Coronavirus 2019 (COVID-19). Esta suspensión de servicios será efectiva hasta al menos el 1 de Abril. Mientras tanto, USCIS proporcionará servicios de emergencia limitados. Llame al Centro de Contacto para obtener ayuda con los servicios de emergencia.
Las oficinas de USCIS enviarán avisos a los solicitantes y peticionarios con citas programadas y ceremonias de naturalización afectadas por este cierre. Las oficinas de asilo de USCIS enviarán avisos de cancelación de entrevistas y reprogramarán automáticamente las entrevistas de asilo. Cuando se reprograma la entrevista, los solicitantes de asilo recibirán un nuevo aviso de entrevista con la nueva hora, fecha y lugar de la entrevista. Cuando USCIS reanude las operaciones normales, USCIS reprogramará automáticamente las citas de ASC debido al cierre de la oficina. Recibirá una nueva carta de cita por correo. Las personas que tuvieron InfoPass u otras citas deben reprogramar a través del Centro de Contacto de USCIS una vez que las oficinas de campo estén abiertas nuevamente al público. Verifique si su oficina local ha sido reabierta antes de comunicarse con el Centro de Contacto de USCIS.
La educación y las precauciones son las herramientas más fuertes contra la infección. Obtenga los datos más recientes visitando el sitio web COVID-19 de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades. Continúe practicando buenos hábitos de salud, evite los apretones de manos o abrazos como saludo y lávese las manos y limpie las superficies adecuadamente.
USCIS proporcionará más actualizaciones a medida que se desarrolle la situación y continuará siguiendo las pautas de los CDC. Visite también uscis.gov/coronavirus para obtener actualizaciones.

Para leer el mensaje completo, vaya a:
 https://www.uscis.gov/news/alerts/uscis-temporarily-closing-offices-public-march-18-april-1

COVID-19: APLAZAMIENTOS, CIERRES Y NUEVAS REGLAS EN INMIGRACIÓN DURANTE LA EPIDEMIA DE COVID19.




COVID-19: APLAZAMIENTOS, CIERRES Y NUEVAS REGLAS EN INMIGRACIÓN DURANTE LA EPIDEMIA DE COVID19.

Por Christopher Kerosky

COVID-19 ha resultado en varios cierres de tribunales y oficinas de inmigración, aplazamiento de audiencias y cambios de políticas en todos los ámbitos. Aquí hay un resumen:

Desarrollos en EOIR (Tribunales de Inmigración)

Los tribunales de inmigración en San Francisco y Sacramento han confirmado que todas las audiencias en las que el inmigrante no está detenido, tanto la audiencia inicial como la final, se cancelan hasta el 10 de abril de 2020.

El personal de los tribunales trabajará para restablecer las audiencias y enviar nuevos avisos durante las próximas dos semanas. Los tribunales de inmigración ubicados en 100 Montgomery Street y 630 Sansome Street permanecen abiertos para presentaciones de documentos y consultas. Las personas pueden llamar al 800-898-7180 o usar el portal de casos en línea para verificar la información del caso y las próximas fechas de audiencias para obtener información útil sobre la cual las partes regularmente llaman a la Corte de San Francisco.

Los Tribunales de Inmigración emitieron este nuevo memorando sobre el brote de COVID-19:


Desarrollos en UCIS (Servicio de Inmigración)
Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos anunciaron que, debido a la emergencia nacional del COVID-19 en curso, aceptará todos los formularios y documentos sin necesidad de firmas originales, para envíos con fecha del 21 de marzo de 2020 en adelante.

USCIS ya acepta varias peticiones, solicitudes y otros documentos que llevan una firma reproducida electrónicamente. Para los formularios que requieren una firma "húmeda" original, USCIS aceptará firmas reproducidas electrónicamente o fotocopias durante la emergencia nacional. Este cambio temporal solo se aplica a las firmas. Todas las demás instrucciones del formulario deben seguirse al completar un formulario.

El programa de visas H2A para trabajadores agrícolas ahora está cerrado para los solicitantes mexicanos. Esta es la única visa disponible para los trabajadores que vienen a los Estados Unidos para trabajar en la industria agrícola; muchas bodegas y otras empresas agrícolas confían en este programa para satisfacer sus necesidades laborales;

Suspensión del programa Trusted Traveler (Viajero de Confianza) (Global Entry, NEXUS, SENTRI, FAST)

El 19 de marzo de 2020, el Departamento de Seguridad Nacional emitió un anuncio sobre la suspensión de operaciones para todos los Centros de Inscripción del Programa CBP Trusted Traveler (Viajero de Confianza) debido al brote de COVID-19. A partir del 19 de marzo de 2020, y al menos hasta el 1 de mayo de 2020, el cierre temporal incluye todo el acceso público a las ubicaciones de inscripción de Global Entry, NEXUS, SENTRI y FAST.

Deportaciones de ICE.

ICE anunció el 18 de marzo de 2020 que, durante la epidemia del coronavirus, limitaría sus deportaciones a personas que representaban un riesgo para la seguridad o que habían cometido delitos graves. Luego, el 20 de marzo, el subsecretario interino del Departamento de Seguridad Nacional, Kenneth Cucinelli, retiró esa política en un tweet, lo que implica que nada había cambiado y ICE no cambiaría sus políticas de deportación anteriores debido a la presente crisis.
En la actualidad, no existe una declaración clara de la política del gobierno de los Estados Unidos sobre el asunto, por lo que los miembros indocumentados de la comunidad deben tener precaución.

Monday, March 23, 2020

COVID-19 Y ACTUALIZACIÓN DE INMIGRACIÓN. Limitaciones en viajes hacia y desde México y América Latina.





COVID-19 Y ACTUALIZACIÓN DE INMIGRACIÓN. Limitaciones en viajes hacia y desde México y América Latina.

Por Christopher Kerosky

La epidemia del coronavirus ha traído numerosos cierres de fronteras y restricciones a los viajes entre los Estados Unidos y los países latinoamericanos. Aquí hay un resumen y un enlace a información más detallada:

La Administración de Trump impuso las siguientes restricciones para viajar hacia y desde México y América Latina:
  • El 20 de marzo, el Departamento de Seguridad Nacional anunció que Estados Unidos y México están restringiendo los viajes no esenciales a través de la frontera suroeste. Las restricciones comenzaron el 21 de marzo;
  • Estas restricciones cubren toda la frontera terrestre entre Estados Unidos y México;
  • Las medidas permanecerán en vigencia por un período de 30 días sujeto a extensión después de revisión.


       Estas limitantes no cubren los viajes aéreos, aunque han habido menos vuelos entre México y los Estados Unidos y demoras más largas;
      
     El CDC (Centro de Control y Prevención de Enfermedades) ha emitido una advertencia específica en contra de viajar a Brasil, que se considera el país latinoamericano con la mayor propagación del virus.

Acciones de otros países latinoamericanos:

   Varios países latinoamericanos, incluidos Guatemala, El Salvador y Perú, han cerrado sus fronteras, incluso a los ciudadanos estadounidenses, en respuesta a la epidemia.
 Esto ha incluido viajar fuera de esos países, a menudo dejando a los   ciudadanos estadounidenses varados indefinidamente en estos países.

A continuación, se detallan las limitaciones para viajar país por país y las recomendaciones del CDC con respecto a los viajes a cada uno: https://kpblawfirm.blogspot.com/2020/03/covid-19-and-immigration-update.html

Puede leer la declaración conjunta de los gobiernos de EE. UU. Y México en: https://content.govdelivery.com/accounts/USDHS/bulletins/2824934

Para obtener información más específica sobre este tema y enlaces a sitios web relevantes, vaya a:


Sunday, September 29, 2019

COMO BORRAR SU RECORD CRIMINAL




COMO BORRAR SU RECORD CRIMINAL

En California, un individuo condenado por una infracción, un delito menor o un delito grave y no condenado a una prisión estatal puede solicitar al Tribunal que anule su registro. Bajo la Sección 1203.4 del Código Penal, los ciudadanos pueden solicitar una anulación si se les otorga tiempo de cárcel del condado, libertad condicional, una multa o una combinación de esos tres tipos de castigo, en lugar de ser sentenciados a una prisión estatal.

Al recibir la petición formal, el tribunal puede retirar la declaración de culpabilidad de la persona o incluso un veredicto de culpabilidad y presentar una declaración de culpabilidad. Si el tribunal decide y anula la condena en virtud de la Sección 1203.4 del Código Penal, ya no se considera que el individuo está "condenado" por el delito y su registro se modificará para mostrar una anulación en lugar de una condena.

¿Cuándo es un individuo elegible para una anulación de una condena?

Uno es elegible para el despido de una condena por delito menor si:

• Completaron con éxito la libertad condicional u obtuvieron la libertad anticipada;
• También han pagado todas las restituciones y otros pagos que se ordenaron como término de prueba;
• Actualmente no están cumpliendo otra sentencia o en libertad condicional por otro delito; y
• Actualmente no están acusados de otro delito.

También,

Nunca recibiste la libertad condicional y además:

• Su condena fue un delito menor o una infracción;
• Ha pasado al menos 1 año desde la fecha en que fue condenado;
• Ha cumplido plenamente con la sentencia del tribunal;
• Actualmente no estás cumpliendo otra sentencia;
• Actualmente no está acusado de otro delito; y
• Ha obedecido la ley y ha vivido una vida honesta y recta desde el momento de su condena.

¿Cuál es el efecto de una anulación?

Una vez que se han desestimado todas las condenas, existen diversas circunstancias en las que los posibles empleadores no pueden considerar la condena. En la mayoría de los casos, los empleadores privados no pueden pedirle a un solicitante un trabajo sobre las condenas que se desestimaron en virtud del artículo 1203.4 del Código Penal. Por lo tanto, al solicitar un empleo en el sector privado, una persona generalmente no tiene que revelar una condena si fue despedida o eliminada.

Además, en California, con ciertas excepciones, los empleadores gubernamentales y las agencias de licencias deben tratar a una persona de la misma manera que si nunca hubieran sido condenados por ningún delito, si esa condena se desestimó.

Obteniendo alivio de la corte

Si está presentando una petición bajo las secciones 17 (b), 17 (d) (2), 1203.4, 1203.41, 1203.43 y 1203.49 del Código Penal, puede usar la Petición de Anulación (formulario CR-180). Pregunte al secretario local si necesita presentar fotocopias adicionales de la petición y de ser así, cuántas. Pregunte si sus reglas locales de la corte requieren que entregue copias de su petición al fiscal de distrito o al departamento de libertad condicional.

Recuerde que solo puedes descartar una convicción a la vez. Esto significa que debe completar una solicitud por separado para cada condena que desea anular, pero puede presentarlas todas al mismo tiempo. Si actualmente se encuentra en libertad condicional, primero deberá lidiar con esa condena, entonces puede proceder con las demás.

Debe enviar por correo o entregar personalmente al tribunal sus materiales de presentación al secretario del tribunal superior del condado donde fue condenado. Si es requerido en su condado, asegúrese de entregar una copia de toda la petición y la documentación de respaldo del fiscal de distrito o del departamento de libertad condicional.

Es muy importante incluir cualquier material de apoyo, como cartas de apoyo, diplomas escolares o transcripciones y si solicita la liberación anticipada de la libertad condicional, una carta al juez que explique por qué cree que debe ser liberado de la libertad condicional antes de tiempo. En el momento en que presente sus documentos, el secretario fijará una fecha de audiencia.

Es posible que deba asistir a la audiencia. Estar a tiempo y vestirse apropiadamente para la corte. La corte no puede cobrarle una tarifa por presentar su petición, pero la corte puede ordenarle que reembolse a la corte, a la ciudad y al condado hasta $ 150 cada uno después de que la corte decida su petición, ya sea que su petición haya sido otorgada o no.


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CHRISTOPHER A. KEROSKY del bufete de abogados KEROSKY, PURVES & BOGUE, ha practicado la abogacía por más de 25 años y ha sido reconocido como uno de los mejores abogados en migración en el norte de California por 9 años por la revista “Super Lawyers”. Graduado de la facultad de derecho de la Universidad de Berkeley, también trabajó con el Departamento de Justica en Washington D.C.
ADVERTENSIA: El artículo anterior que trata temas legales, no pretende ser sustituto de asesoramiento legal, le recomendamos que obtenga asesoramiento legal competente para su caso específico.

EL PRESIDENTE ELECTO JOE BIDEN SE COMPROMETIÓ A EXPANDIR INMEDIATAMENTE EL PROGRAMA DACA

  El Presidente electo Joe Biden se comprometió a expandir inmediatamente el programa DACA una vez tome posesión del cargo y también crear u...