Monday, December 3, 2018




BUSCANDO ASILO: PARTE 1

El Proceso de Miedo Creíble en la Frontera de EE. UU.

Por Christopher Kerosky.

El proceso de asilo ha recibido una mayor atención últimamente con la decisión de la Administración Trump de separar a los padres de sus hijos en la frontera. Pero ahora que Donald Trump ha revertido esa política, una vez más, el centro de atención se ha alejado de los muchos refugiados en nuestra frontera en busca de asilo.

Mientras tanto, esta tragedia humanitaria continúa. Una gran cantidad de personas que buscan asilo eventualmente llegan a California y al Norte de la Bahía específicamente. Desde los primeros días en la frontera, el Departamento de Seguridad Nacional comienza un largo proceso para considerar cualquier argumento y evidencia que el solicitante de asilo pueda tener para respaldar su solicitud de asilo.
Sentí que sería útil describir el proceso para aquellos que están interesados y proporcionar una guía a las personas que están pasando por el. Este segmento cubre el primer paso del proceso, conocido como la "Entrevista de Miedo Creíble".

Proceso de Miedo Creíble.

Una persona detenida en la frontera sin los documentos adecuados para ingresar generalmente no tiene derecho a permanecer en los Estados Unidos o presentar una solicitud de beneficios de inmigración. La única excepción es si ese individuo tiene "un temor fundado de persecución basado en la raza, religión, nacionalidad, opinión política o grupo social". La persona también necesita probar que la persecución fue por parte del gobierno o que el gobierno no pudo detenerla.

Si una persona en la frontera declara que tiene miedo de regresar, el departamento de ICE le hará algunas preguntas preliminares para determinar si tienen miedo y luego la oficina de asilo de los EE. UU. realizará una entrevista formal para determinar si tienen un "temor creíble" de regresar a su país.

El propósito de la entrevista de miedo creíble es determinar si existe una posibilidad significativa de que el inmigrante sea elegible para el asilo. Durante la entrevista de miedo creíble, el oficial realizará al solicitante de asilo muchas preguntas sobre su miedo, a quién le tienen miedo y el por qué.

La entrevista generalmente es realizada por un oficial de asilo, a menudo por video. Un abogado puede participar, generalmente vía telefónica.

Si el oficial de asilo considera que no hay un temor creíble suficiente de daño basado en uno de los cinco motivos legales, el solicitante puede solicitar la oportunidad de apelar al fallo ante un tribunal de inmigración. Sin embargo, el solicitante de asilo permanecerá bajo custodia mientras atraviese más apelaciones de la denegación de asilo. Por lo general, los tribunales que revisaran el caso confirman la negación del miedo creíble y la persona finalmente es deportada.

Incluso si el solicitante tiene éxito y convence al oficial de asilo de que tiene un temor creíble de persecución durante la entrevista, aún se le somete a un procedimiento de deportación ante un tribunal de inmigración, donde deben convencer al juez de que su "miedo creíble" se eleva al nivel de un "miedo bien fundado", un estándar de prueba más elevado. Si no lo logran, también son deportados.

La segunda parte de este articulo cubrirá el proceso de asilo ante un juez de inmigración.



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