SUSPENSIÓN DE INMIGRACIÓN POR DONALD TRUMP: ¿Qué cubre
y qué no cubre?
· La suspensión
se aplica solo a personas FUERA de los Estados Unidos, por lo tanto, todas las
peticiones de personas dentro del país no están cubiertas por esta orden.
· Las
visas de cónyuge para inmigrantes están EXCLUIDAS de la orden. Esto significa
que todas las peticiones de esposas y esposos de ciudadanos estadounidenses
tampoco están cubiertas por esta suspensión, incluso si están fuera de los Estados
Unidos.
· Las visas
de inmigrantes para personas menores de 21 años están EXCLUIDAS.
·
La suspensión
no afecta a los residentes legales permanentes; seguirían siendo elegibles para
poder aplicar a la ciudadanía.
· La suspensión
NO se aplica a las visas U para víctimas de delitos.
·
No
afecta al asilo y/o refugiados cuyos casos pueden seguir adelante.
· Si el
extranjero ya tiene una visa emitida, debería poder ingresar a los Estados
Unidos, así como sus familiares.
· Esta
política tiene vigencia de 60 días, pero puede ser renovada.
Para más información diríjase a: https://kpblawfirm.blogspot.com/2020/04/donald-trumps-limited-immigration.html