Thursday, August 9, 2018




CONOZCA SUS DERECHOS ANTE EL SERVICIO DE INMIGRACIÓN.
Parte 1: Que hacer en caso de ser confrontado por Inmigracion

Por Christopher A. Kerosky

          En los últimos días han habido bastantes noticias con respecto a las redadas implementadas por la Administración del Donald Trump. Es cierto que el Departamento de Inmigración y Control de Aduanas conocido como ICE por sus siglas en inglés, ha incrementados los esfuerzos para buscar y deportar a los inmigrantes indocumentados.

Debido a que las consecuencias de estos encuentros son tan graves, es extremadamente importante que usted conozca sus derechos en estas situaciones. Este artículo le dará algunas ideas sobres sus derechos cuando usted es confrontado por el Departamento de Seguridad Nacional (Department of Homeland Security o “DHS”). La segunda parte de este artículo cubrirá que se debe hacer en situaciones específicas si se es confrontado por DHS, como por ejemplo en el trabajo o en la calle. La tercera parte discutirá que hacer si DHS lo lleva bajo arresto. 

En su casa

          ICE puede entrar a su hogar en tres situaciones: 1) si tienen una orden de cateo; 2) si usted les da permiso para hacerlo; o 3) si ellos consideran que un crimen está siendo cometido actualmente en su casa. Si ICE llega a su casa y toca a su puerta, usted no tiene que abrirles la puerta o dejarlos entrar.  Normalmente, para entrar legalmente a su casa, ICE debe tener una orden de cateo u orden de arresto con su nombre y dirección en ella. Una orden de cateo o arresto es una orden firmada por un juez para revisar un lugar de residencia o poner a una persona bajo arresto. Si ICE llega a su hogar, usted debe pedirles ver esta orden. ICE debe mostrarle la orden.

Si los oficiales no tienen una orden, usted no tiene que dejarlos entrar o hablar con ellos en lo absoluto. Sin embargo, si usted les da permiso de entrar, ellos pueden entrar legalmente a su hogar y registrarlo.  

         El derecho a permanecer en silencio.

          Ya sea que el Servicio de Inmigración venga a su casa y golpee en su puerta, entre a su lugar de trabajo, o inclusive lo interrogue en prisión, usted tiene el derecho de permanecer en silencio. En otras palabras, usted no tiene que dar a conocer su nacionalidad a los oficiales del Servicio de Inmigración. Usted puede indicar que no desea hablar con ellos.

          Un oficial de inmigración no puede solicitar evidencia de su estatus inmigratorio en su hogar o en otro lugar privado sin una orden de cateo, registro o allanamiento. Este tipo de orden es una orden emitida por un juzgado que habilita al Servicio Inmigratorio para registrar un lugar o arrestar a una persona. Inclusive si tienen una orden de registro, cateo o allanamiento, usted solamente debe mostrar prueba de su estatus inmigratorio si se encuentra dentro del estatus legal. Después de mostrar evidencia de sue status, usted todavía tiene derecho a permanecer en silencio.

         El derecho a hablar con un abogado.
         
          Una vez que haya mostrado evidencia de su estatus legal, si la tiene, usted no tiene que continuar hablando con los abogados de inmigración – depende de usted. En la mayoría de casos, es posible que sea mejor mantenerse en silencio y hablar primero con un abogado, dependiendo de la situación. La ley de inmigración es muy compleja. Usted puede tener un problema sin percatarse de ello. Un abogado puede proteger sus derechos, aconsejarlo y ayudarlo a evitar dar repuestas e información que posteriormente puedan ponerlo en problemas. Si el servicio de inmigración pregunta cualquier cosa sobre sus creencias religiosas o posturas políticas, grupos a los cuales usted pertenece, cosas que usted quiera mencionar, a donde ha viajado u otras preguntas que parezcan un poco extrañas, usted no tiene que responderlas.

Estos son derechos fundamentales que aplican para todas las personas dentro de los Estados Unidos. Recuerde que usted no puede ser arrestado por ejercer sus derechos.




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