Monday, June 29, 2020
Wednesday, June 3, 2020
¿QUÉ PUEDEN HACER LOS JÓVENES CON DACA SI LA CORTE SUPREMA PERMITE QUE DACA TERMINE?
¿QUÉ PUEDEN HACER LOS JÓVENES CON DACA
SI LA CORTE SUPREMA PERMITE QUE DACA TERMINE?
Este mes, la Corte Suprema emitirá su decisión sobre
si la rescisión del programa DACA de la Administración Trump fue válida. Con
suerte, la Corte hará lo correcto y DACA sobrevivirá.
¿Pero qué hacer si DACA es cancelado? El siguiente
artículo contiene algunos consejos para los titulares actuales de DACA.
Posible impacto inmediato para su
estatus de DACA:
Si DACA termina, así es como probablemente afectaría a
aquellos que tienen DACA ahora:
• Personas que
actualmente tienen DACA: los permisos de trabajo emitidos previamente y las
aprobaciones de DACA probablemente seguirán siendo válidos durante todo su
período de validez, pero no serán elegibles para la renovación.
• Solicitudes de
renovación de DACA pendientes: esperamos que se procesen las solicitudes
pendientes de renovación de DACA.
• No se aceptarán
nuevas solicitudes de renovación de DACA.
Otras opciones para los titulares de
DACA.
No hay muchos caminos para la residencia permanente en
nuestro actual sistema de inmigración roto, pero aquí hay algunas posibilidades
limitadas:
1.
Residencia permanente
para titulares de DACA casados con un ciudadano estadounidense.
Una decisión de la Corte de 2013 abrió una puerta para
las personas con DACA que se casan con un ciudadano estadounidense para ajustar
su estatus en los Estados Unidos. Esto se limita a ciertos titulares de DACA
sin órdenes previas de deportación u otros motivos de inadmisibilidad, y solo
después de obtener con permiso para viajar bajo DACA.
Desafortunadamente, la Administración Trump dejó de
emitir los permisos para viajar en 2017. Sin embargo, muchas personas con DACA
obtuvieron el permiso de viaje (conocido como "permiso de entrada
anticipado") durante los 5 años entre 2012-2017. Si están casados con un
ciudadano estadounidense, aún pueden obtener una tarjeta de residencia mediante
un proceso que dura solo unos seis meses, sin perdón y sin salir del país.
2.
Residencia
permanente a través del proceso de perdón.
Incluso aquellas personas con DACA que no obtuvieron
un permiso de viaje anteriormente pueden obtener una tarjeta de residencia si
se casan con un ciudadano estadounidense al solicitar una exención conocida
como perdón I601A. En marzo de 2013, la Administración de Obama implementó una
regla que ha beneficiado a miles de inmigrantes en todo el país. La nueva
regulación permitió a los cónyuges de ciudadanos estadounidenses solicitar su
exención de la penalidad de 10 años por presencia ilegal dentro de los Estados
Unidos. En noviembre de 2015, el presidente Obama lo amplió a cónyuges e hijos
de residentes permanentes. Antes, los cónyuges indocumentados que vinieron aquí
sin una visa corrían el riesgo de ser excluidos por 10 años de los Estados
Unidos si se les negaba su exención.
Cualquier persona elegible para una exención I601A
debe presentar una solicitud ahora, ya que este proceso pronto puede ser más
difícil o incluso ser eliminado por completo por Trump. Si tiene DACA y es
elegible, consulte primero a un abogado para asegurarse de que no haya
problemas para regresar.
3.
Otras aplicaciones
a través de la familia o el trabajo.
No es común, pero si hay peticiones existentes
previamente presentadas por familiares cercanos (eje: Padres o hermanos
ciudadanos de EE. UU.), puede haber circunstancias en las que estas peticiones
aún puedan usarse para obtener la residencia permanente del titular de DACA,
especialmente si DACA fue obtenido antes de los 18 años. Pero consulte con un
abogado antes de continuar con esto.
Del mismo modo, en circunstancias limitadas, un
empleador puede patrocinar a un titular de DACA para una tarjeta verde a través
del trabajo, un proceso conocido como PERM. Pero esto generalmente requeriría
que el receptor de DACA no tenga presencia ilegal después de los 18 años. Y el
proceso PERM no es fácil; involucra a un empleador establecido que ofrece un
trabajo en el mercado que requiere una educación universitaria y / o
habilidades excepcionales y luego un proceso de reclutamiento que demuestre que
ningún estadounidense quiere ese trabajo. Especialmente difícil durante una
recesión.
4.
La visa U para
víctimas de delitos.
La visa U puede ser utilizada por cualquier víctima de
un delito para solicitar el estatus ante el Servicio de Inmigración si pueden
demostrar que fueron perjudicados por un delito que ocurrió en los Estados
Unidos y cooperar con las autoridades de los Estados Unidos al tratar de
detener o enjuiciar al autor.
Para calificar para una visa U, una persona debe
demostrar que:
• La persona ha
sufrido abuso físico o mental sustancial como resultado de haber sido víctima
de actividades delictivas en los Estados Unidos;
• La persona posee
información sobre actividades delictivas;
• La persona ha
sido útil para un oficial de la ley federal, estatal o local, incluida la
policía y/o un fiscal que investiga el delito.
El solicitante debe haber sufrido un daño
"sustancial" como resultado del delito, aunque el delito puede ser
emocional o físico.
Una solución para todos los titulares
de DACA.
Todos debemos apoyar la acción en el Congreso para
proporcionar una solución legislativa para aquellos con DACA. En junio de 2019,
la Cámara de Representantes aprobó la Ley los “Dreamers” de Estados Unidos de
2019. Este proyecto de ley cancela y prohíbe los procedimientos de expulsión
contra ciertos extranjeros y proporciona un camino a la residencia permanente
para los jóvenes inmigrantes elegibles para DACA. Para obtener más información
o para firmar una petición en apoyo de una ley de la Ley DREAM, vaya a:
CHRISTOPHER A. KEROSKY del bufete KEROSKY PURVES &
BOGUE ha practicado la abogacía por mas de 25 años y ha sido reconocido como
uno de los mejores abogados de migración en el Norte de California por 10 años
por la revista “Super Lawyers”.
Se graduó de la facultad de derecho de la Universidad
de California, Berkeley y fue un abogado del Departamento de Justicia de los
Estados Unidos en Washington D.C.
ADVERTENCIA: Lo anterior es un artículo que trata
temas legales. No pretende ser un sustituto de asesoramiento legal. Le
recomendamos que obtenga asesoramiento legal competente específico para su
caso.
Friday, April 24, 2020
SUSPENSIÓN DE INMIGRACIÓN POR DONALD TRUMP: ¿Qué cubre y qué no cubre?
SUSPENSIÓN DE INMIGRACIÓN POR DONALD TRUMP: ¿Qué cubre
y qué no cubre?
· La suspensión
se aplica solo a personas FUERA de los Estados Unidos, por lo tanto, todas las
peticiones de personas dentro del país no están cubiertas por esta orden.
· Las
visas de cónyuge para inmigrantes están EXCLUIDAS de la orden. Esto significa
que todas las peticiones de esposas y esposos de ciudadanos estadounidenses
tampoco están cubiertas por esta suspensión, incluso si están fuera de los Estados
Unidos.
· Las visas
de inmigrantes para personas menores de 21 años están EXCLUIDAS.
·
La suspensión
no afecta a los residentes legales permanentes; seguirían siendo elegibles para
poder aplicar a la ciudadanía.
· La suspensión
NO se aplica a las visas U para víctimas de delitos.
·
No
afecta al asilo y/o refugiados cuyos casos pueden seguir adelante.
· Si el
extranjero ya tiene una visa emitida, debería poder ingresar a los Estados
Unidos, así como sus familiares.
· Esta
política tiene vigencia de 60 días, pero puede ser renovada.
Para más información diríjase a: https://kpblawfirm.blogspot.com/2020/04/donald-trumps-limited-immigration.html
Thursday, April 23, 2020
VISA DE TRABAJADORES AGRICOLAS (H2A) SE EXTIENDE DURANTE LA CRISIS DEL COVID-19
VISA DE TRABAJADORES
AGRICOLAS (H2A) SE EXTIENDE DURANTE LA CRISIS DEL COVID-19
Por Christopher
Kerosky
El Departamento de
Seguridad Nacional de los Estados Unidos ha emitido una regla temporal para
proporcionar una mayor disponibilidad de la visa de no inmigrante para
trabajadores agrícolas conocida como visa H-2A.
Bajo esta regla temporal,
todos los peticionarios (Empleadores) de la visaH-2A con una certificación
laboral temporal válida pueden comenzar a emplear a ciertos trabajadores
extranjeros que actualmente están en el país con la visa H-2A, inmediatamente
después de que el USCIS reciba la petición de la visa, pero no antes de la
fecha de inicio del empleo que figura en la petición.
Además, el USCIS está
modificando temporalmente sus regulaciones para permitir que los trabajadores
con visa H-2A permanezcan más tiempo del período máximo permitido de tres años
en los Estados Unidos.
"Estos cambios
temporales alentarán y facilitarán el empleo legal de trabajadores agrícolas
temporales y de temporada extranjeros durante la actual emergencia nacional
COVID-19", señala el comunicado de prensa del USCIS.
Requisitos de la visa
H-2A.
La clasificación de no
inmigrante H-2A se aplica a los trabajadores nacidos en el extranjero que
buscan realizar labores agrícolas o servicios de naturaleza temporal en los
Estados Unidos, que por lo general no duran más de un año, para los cuales no
están disponibles trabajadores estadounidenses capaces, dispuestos y
calificados. En el año fiscal 2019, USCIS procesó 15,483 peticiones H-2A.
Antes de solicitar la
clasificación H-2B del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados
Unidos(USCIS), el empleador debe solicitar y recibir una certificación laboral
temporal para los trabajadores H-2A del Departamento de Trabajo de los EE. UU.
(DOL).
Para recibir una
certificación laboral temporal H-2A, el empleador debe:
·
- Ofrecer un trabajo que sea de naturaleza temporal o de temporada.
- Demostrar
que no hay suficientes trabajadores estadounidenses capaces, dispuestos, calificados
y disponibles para hacer el trabajo temporal.
- Demostrar
que el empleo de los trabajadores H-2A no afectará negativamente los salarios y
las condiciones de trabajo de los trabajadores estadounidenses con empleos
similares.
·
En
general, se presenta una sola certificación laboral temporal válida del
Departamento de Trabajo de los EE. UU. con la petición H-2A. (Existe una
excepción limitada a este requisito en ciertas "circunstancias emergentes”).
Procedimiento de la
H-2ª
El primer paso en el
proceso es que el empleador debe presentar una solicitud de certificación
laboral temporal al Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (DOL). Antes
de solicitar la clasificación H-2A con USCIS, el peticionario debe solicitar y
recibir una certificación laboral temporal para trabajadores H-2A de DOL.
Luego, el empleador debe
presentar la solicitud H-2A con USCIS. El peticionario debe presentar la
certificación laboral temporal original como evidencia inicial con el
Formulario I-129.
Después de que USCIS
apruebe la solicitud, los posibles trabajadores H-2A que están fuera de los
Estados Unidos deben solicitar una visa H-2A con el Departamento de Estado
(DOS) en una embajada o consulado de los Estados Unidos en el extranjero y
luego solicitar la admisión al país con Aduanas y Protección Fronteriza de los
Estados Unidos (CBP) en un puerto de entrada.
Nuevas Reglas
La regla temporal es
efectiva inmediatamente después de su publicación en el Registro Federal. Si se
aprueba la nueva petición, el trabajador H-2A podrá permanecer en los Estados
Unidos por un período de tiempo que no exceda el período de validez de la
Certificación Laboral Temporal.
*************************************************************
CHRISTOPHER A. KEROSKY de
la firma de abogados KEROSKY PURVES Y BOGUE ha practicado la ley desde 1984 y
ha sido reconocido como uno de los mejores abogados de inmigración en el norte
de California durante los diez años por
"Super Lawyers" ediciones (2006-2020). Se graduó de la Escuela
de Ley de la Universidad de California, Berkeley y fue un abogado del
Departamento de Justicia de los Estados Unidos en Washington DC.
ADVERTENCIA: El texto
anterior es un artículo sobre asuntos legales. No pretende ser un sustituto de
asesoramiento legal. Le recomendamos que usted obtenga asesoramiento legal
competente específico para su caso.
Saturday, April 18, 2020
PREGUNTAS Y REPUESTAS SOBRE LA VISA PARA VICTIMAS DE CRIMEN.
PREGUNTAS Y REPUESTAS SOBRE LA VISA
PARA VICTIMAS DE CRIMEN.
La
visa U es un método muy importante para que las victimas de violencia domestica
u otros crímenes se legalicen. Y muchas veces
también se pueden legalizar sus familias enteras. Pero en la comunidad
inmigrante muy poco es conocido sobre ella. Aquí yo respondo a preguntas
frecuentemente hechas sobre esta visa muy útil.
¿Que es la visa U?
La
visa U es un estado legal disponible para ayudar a las personas que más lo
necesitan: victimas de violencia domestica, trabajadores que han sido victimas
de hazaña, victimas de abuso sexual, crímenes callejeros u otro tipo de
conducta criminal.
¿Les da a solicitantes autorización
para trabajar?
Si.
Personas aprobadas para la visa U pueden obtener un permiso de trabajo, tarjeta
de seguro social y, si la desean, una licencia para conducir.
¿Les dan una tarjeta verde?
Si.
Después de 3 años bajo la visa U, una persona puede aplicar para residencia permanente.
¿Pueden darles estado legal a las
familias también?
Si.
Los esposos y esposas e hijos bajo la edad de 21 de las personas aprobadas para
la visa U también pueden adquirir un permiso de trabajo, tarjeta de seguro
social y, después de 3 años, una tarjeta verde.
¿Qué pasa si la victima es menor de
edad?
Si
el niño es indocumentado, entonces el niño, sus padres y los hijos de ellos
bajo la edad de 21, usualmente pueden adquirir estado legal si el caso es
aprobado. Si el niño es ciudadano estadounidense, muchas veces los padres
indocumentados también pueden obtener estado legal como padres de una victima
de crimen.
¿Qué pasa si la persona tiene record
criminal u orden de removimiento?
Una
victima de crimen calificada muchas veces puede obtener la visa U aun si la
persona tiene orden de removimiento. La orden de removimiento puede ser
escusada. Aun si ellos mismos tienen record criminal, frecuentemente pueden
obtener una exención que permite que ellos obtengan estado legal. Esto es algo
que fuera imposible de otras maneras.
¿Cuáles son los requisitos para la
visa U?
Aquí
están los requisitos para la visa U:
·
Tiene
que haber sido un acto criminal cometido en los Estado Unidos, no importa hace
cuanto tiempo. El crimen tiene que haber violada leyes federales, estatales o
locales.
·
La
persona aplicando tiene que haber sufrido daños físicos o mentales por
resultado del crimen. El daño puede ser emocional y no es necesario que haiga
habido daño físico.
·
La
persona aplicando tiene que poseer información relacionado al crimen y haber
sido, estar siendo o muy probablemente va a ser de ayuda a la policía, sheriff,
abogado del distrito o alguna otra agencia que investiga el crimen.
¿Cómo aplica alguien para esta visa?
En
orden de calificar para la visa U, usted o su represéntate tiene que obtener
una firma de la agencia del orden publico responsable por la investigación o
acusación por el crimen U.
Esto
puede incluir las oficinas para derechos de victimas del abogado del distrito o
policía, y aun agencias come Servicios para Protección de Niños (CPS por sus siglas en ingles), Comisión para
Oportunidad de Empleo Iguales o el Departamento de Trabajo.
Cuando
esta certificación es adquirida, una solicitud es sometida al Servicio de
Inmigración junta con una declaración del solicitante, declaraciones de otras
personas, registros del crimen y otro material de apoyo. Típicamente la persona
obtiene estado legal entre 6 a 8 meses.
Cualquier
persona que califica para esta visa debería de aplicar antes que la ley sea
anulada o disminuida. Republicanos han sometido proposiciones en el Congreso
intencionadas para drásticamente limitar el ámbito de la ley. Dependiendo del
resultado de la elección que viene, estas proposiciones Republicanas pudieran
reducir severamente el número de inmigrantes ayudados por esta ley tan
importante.
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CHRISTOPHER
A. KEROSKY, el abogado principal del bufete de Abogados KEROSKY PURVES &
BOGUE ha practicado ley desde 1984 y la ha dirigido más de 1,000 casos de
inmigración. Él se graduó del Colegio de
Abogados de la Universidad de California en Berkeley, y en el pasado fue
Abogado Consejero del Ministerio de Justicia de los Estados Unidos en la ciudad
de Washington DC.
El
bufete de Abogados KEROSKY PURVES & BOGUE cuenta con más de 25 años de
experiencia en todas las áreas de derecho civil. Nuestro staff, compuesto por cuatro abogados
y varios procuradores cuenta con todo lo necesario para servir a sus
necesidades legales. Tenemos oficinas en
San Francisco, Walnut Creek, Sacramento, Ukiah y Santa Rosa.
ADVERTENCIA:
El artículo a continuación discute aspectos legales. No se considera un
substituto para el asesoramiento legal. Recomendamos que obtenga una asesoría
legal acerca de su caso de una persona competente.
Wednesday, April 1, 2020
ASYLUM OFFICE TO REMAIN CLOSED THROUGH MAY 4, 2020.
ASYLUM OFFICE TO REMAIN CLOSED THROUGH MAY 4, 2020.
The San Francisco Asylum Office will remain closed until May 4th, unless there is a need to extend it longer. All asylum interviews scheduled during that period will be cancelled and applicants and their representatives should be receiving cancellation notices in a week or so.
During this ongoing public closure, the San Francisco Asylum Office will have staff responding to phone and email inquiries. Representatives with case-specific questions or concerns should feel free to inquire directly with the asylum office.
The new San Francisco Asylum Office phone lines are: (415) 865-3586 and (415) 865-3587. For phone inquiries, leave a voicemail with your name, client's A#, and callback phone number.
Tuesday, March 31, 2020
Tribunales de Inmigración cerrados.
Tribunales de Inmigración cerrados. Los
tribunales de inmigración en San Francisco y Sacramento han confirmado que
todas las audiencias en las que el inmigrante no está detenido, tanto la
audiencia inicial como la final, se cancelan hasta el 1 de mayo de 2020.
El personal de los tribunales trabajará para
restablecer las audiencias y enviar nuevos avisos durante las próximas dos
semanas. Los tribunales de inmigración ubicados en 100 Montgomery Street y 630
Sansome Street permanecen abiertos para presentaciones de documentos y
consultas. Las personas pueden llamar al 800-898-7180 o usar el portal de casos
en línea para verificar la información del caso y las próximas fechas de
audiencias para obtener información útil sobre la cual las partes regularmente
llaman a la Corte de San Francisco.
Los Tribunales de Inmigración emitieron este nuevo
memorando sobre el brote de COVID-19: https://www.justice.gov/eoir/eoir-operational-status-during-coronavirus-pandemic
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